ERNC

El sistema contempla una aplicación escalonada de la norma en la siguiente línea: 5% para los años 2010 a 2014, aumentándose en un 0,5% anual a partir del año 2015

En condiciones de ser promulgado por el Ejecutivo quedó el proyecto de ley que fomenta el desarrollo de las Energías Renovables no Convencionales (ERNC), también conocido como 20/25 que busca que al año 2025 un 20% de la matriz energética sea de este tipo, luego que el Senado aprobara el último trámite legislativo de la normativa.

El ministro de Energía, Jorge Bunster, destacó que “este proyecto refleja el compromiso del gobierno y el parlamento para impulsar las ERNC en Chile, que si bien hoy tienen una participación pequeña, estamos seguros que Chile tiene un potencial de desarrollo que esta ley permite impulsar de manera competitiva. Este proyecto no las subsidia, sino que permite que compitan en condiciones parejas”, indicó.

En lo central, el proyecto que fue destrabado -luego de un acuerdo transversal en el Senado y la Cámara de Diputados- indica que las empresas eléctricas que efectúen retiros de energía desde los sistemas eléctricos con capacidad instalada superior a 200 megawatts para comercializarla con distribuidoras o con clientes finales, estén o no sujetos a regulación de precios, deberá acreditar ante la Dirección de Peajes del CDEC respectivo, que una cantidad de energía equivalente al 20% de sus retiros en cada año calendario haya sido inyectada a cualquiera de dichos sistemas, por medios de generación renovables no convencionales, propios o contratados.

Asimismo, el sistema contempla una aplicación escalonada de la norma en la siguiente línea: 5% para los años 2010 a 2014, aumentándose en un 0,5% anual a partir del año 2015. Este aumento progresivo se aplicará de tal manera que los retiros afectos a la obligación al año 2015 deberán cumplir con un 5,5%, los del año 2016 con un 6% y así sucesivamente, hasta alcanzar el año 2024 el 10%, para los contratos celebrados con posterioridad al 31 agosto de 2007 y con anterioridad al 1 de julio de 2013.

Para los contratos firmados con posterioridad al 1 de julio de 2013, la obligación aludida será de un 5% al año 2013, con incrementos del 1% a partir del año 2014 hasta llegar al 12% el año 2020, e incrementos de 1,5% a partir del año 2021 hasta llegar al 18% al año 2024, y un incremento de 2% al año 2025, para llegar al 20% al año 2025.

Fuente/ Diario Financiero

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